Servicio de Atención a personas en situación de dependencia
QUÉ
LEY DE PREVENCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA
• La Ley de Dependencia garantiza que las personas que no pueden valerse por sí mismas sean atendidas por los poderes públicos
• El acceso a los servicios de atención a la dependencia será un derecho de todos los españoles. Con la Ley se crea el Sistema de Dependencia, que pondrá a disposición de las personas dependientes servicios sociales y prestaciones económicas
QUIÉN
Toda persona que no pueda valerse por sí misma
• Menores de 3 años con limitación física, psíquica o intelectual.
• Discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales
• Enfermos mentales
• Mayores de 65 años
Servicios y prestaciones
Servicios sociales y/o prestaciones económicas
Servicios:
• Ayuda a domicilio
• Teleasistencia
• Centros de día y de noche
• Residencias
Prestaciones:
• Prestación económica vinculada al servicio
• Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidados no profesionales
• Prestación económica
• De asistencia personal
CÓMO
1. Póngase en contacto con los servicios sociales de dependencia de la mancomunidad
2. Presentación de solicitud y documentación
3. El equipo de valoración de Consellería acude a su domicilio a valorar el grado de limitaciones físicas, psíquicas o intelectuales
4. Una trabajadora social de la mancomunidad acude a su domicilio y hace el diagnóstico social
5. Resolución de Consellería determinando grado y nivel
6. Consellería resuelve el Programa individualizado de Atención provisional
7. Concreción del PIA con las prestaciones del entorno. Trabajadora Social de la Mancomunidad y familia
8. Consellería remite la resolución que da acceso al servicio o prestaciones